Edición Número 10, Girardot, Diciembre 23 de 2017 – TESTAMENTO DE SU EXCELENCIA EL LIBERTADOR DE COLOMBIA GENERAL SIMON BOLIVAR
Edición Número 10, Girardot, Diciembre 23 de 2017
TESTAMENTO
DE
SU EXCELENCIA
EL
LIBERTADOR DE COLOMBIA
GENERAL
SIMON BOLIVAR
1866. LA ULTIMA ENFERMEDAD, LOS ULTIMOS MOMENTOS Y LOS
FNERALES DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR… A.P. REEREND- PARIS.
En el nombre de Dios Todopoderoso. Amén. Yo Simón
Bolívar, Libertador de la República de Colombia, natural de la ciudad de
Caracas en el Departamento de Venezuela, hijo legítimo de los señores Juan
Vicente Bolívar y María Concepción Palacios, difuntos, vecinos que fueron de
dicha ciudad; hallándome gravemente enfermo, pero en mi entero y cabal juicio,
memoria y entendimiento natural, creyendo y confesando como firmemente creo y confieso
el alto y soberano misterio de la beatísima y santísima Trinidad, Padre, Hijo y
Espíritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero, y en todos
los demás misterios que cree y predica y enseña nuestra santa madre Iglesia,
católica y romana, bajo cuya fe y creencia he vivido y protesto vivir hasta la
muerte como católico fiel cristiano, para estar prevenido cuando la mía llegue;
con disposición testamental, bajo la invocación divina, hago, otorgo y ordeno
mi testamento en la forma siguiente:
1ª.- Primeramente encomiendo mi alma a Dios Nuestro
Señor que de la nada la crio, y el cuerpo a la tierra de fue formado, dejando a
disposición de mis albaceas el funeral y entierro y el pago de las mandas que
sean necesarias para obras pías, y estén prevenidas por el Gobierno.
2ª.- Declaro fui casado legalmente con la Sra. Teresa
Toro, difunta, en cuyo matrimonio no tuvimos hijo alguno.
3ª.- Declaro que cuando contrajimos matrimonio, mi
referida esposa no introdujo a él ningún dote, ni otros bienes y yo introduje
todo cuanto heredé de mis padres.
4ª.- Declaro que no poseo otros bienes más que las
tierras y minas de Aroa, situadas en la provincia de Carabobo, y unas alhajas
que constan en el inventario que debe hallarse entre mis papeles, las cuales
existen en poder del señor Juan de Francisco Martín, vecino de Cartagena.
5ª.- Declaro que solamente soy deudor de una cantidad
de pesos a los señores Juan de Francisco Martín y Powles y compañía, y prevengo
a mis albaceas que estén y pasen por las cuentas que dichos señores presenten,
y las satisfagan de mis bienes.
6ª.- Es mi voluntad que la medalla que me presentó el
Congreso de Bolivia a nombre de aquel pueblo, se le devuelva como se lo ofrecí,
en prueba del verdadero afecto que aún en mis últimos momentos conservo a
aquella república.
7ª.- Es mi voluntad que las dos obras que me regaló mi
amigo el general Wilson, y que pertenecieron antes a la Biblioteca de Napoleón,
el Contrato Social de Rousseau y el Arte Militar de Monte-Cúculi, se entreguen
a la Universidad de Caracas.
8ª.- Es mi voluntad que de mis bienes se den a mi fiel
mayordomo José Palacios ocho mil pesos en remuneración a sus constantes
servicios.
9ª.- ordeno que los papeles que se hallan en poder del
señor Pavageau se quemen.
10.- Es mi voluntad que después de mi fallecimiento,
mis restos sean depositados en la ciudad de Caracas, mi país natal.
11.- Mando a mis albaceas que la espada que me regaló
el gran Mariscal de Ayacucho, se devuelva a su viuda para que la conserve como
prueba de amor que siempre he profesado al expresado gran Mariscal.
12.- Mando a mis albaceas den las gracias al señor
General Roberto Wilson por el buen comportamiento de su hijo Belford Wilson,
que tan fielmente me ha acompañado hasta los últimos momentos de mi vida.
13.- Para cumplir y pagar este mi testamento y lo en
él contenido, nombro por mis albaceas testamentarios fideicomisarios, tenedores
de bienes a los señores general Pedro Briceño Méndez, Juan de Francisco Martín,
Dr. José Vargas y general Laurencio Silva, para que de mancomún e insolidum
entren en ellos, los beneficien y vendan a moneda o fuera de ella, aunque sea
pasado el año fatal de albaceazgo, pues yo los prorrogo el demás tiempo que
necesiten, con libre, franca y general administración.
14.- Y cumplido y pagado este mi testamento y lo en él
contenido, instituyo y nombro por mis únicos universales herederos en el
remanente de todos mis bienes, deudas, derechos y acciones, futuras sucesiones
en que haya sucedido y suceder pudiere, a mis hermanas María Antonia y Juana
Bolívar, y a los hijos de mi finado hermano Juan Vicente Bolívar, a saber: Juan, Felicia y Fernando Bolívar, con
prevención de que mis bienes deberán dividirse en tres partes, las dos para mis
dichas dos hermanas y la otra parte para los referidos hijos de mi indicado
hermano Juan Vicente, para que lo hayan y disfruten con la bendición de Dios.
Y revoco, anulo y doy por de ningún valor ni efecto
otros testamentos, codicilos, poderes y memorias que antes de éste haya
otorgado por escrito, de palabra o en otra forma, para que no prueben ni hagan
fe en juicio ni fuera de él, salvo el presente a que ahora otorgo como mi
última y deliberada voluntad, o en aquella vía y forma de más haya lugar en
derecho.
En cuyo testimonio así lo otorgó en ésta hacienda de
Santa Marta, a diez de diciembre de mil ochocientos treinta. Y S. E. el
otorgante, a quien yo el infrascrito escribano público del número certifico que
conozco y de que al parecer está en su entendimiento natural, así lo dijo,
otorgó y firmó por ante mí en la casa de su habitación y en este mi registro
corriente de contratos públicos; siendo testigos los señores general Mariano
Montilla, general José María Carreño, coronel Belford Hinton Wilson, coronel
José de la Cruz Paredes, coronel Joaquín de Mier, primer Comandante Juan Glen y
doctor Manuel Pérez de Recuero, presentes.- SIMON BOLIVAR.- Ante mí.- JOSE
CATALINO NOGUERA, escribano público.- Es copia: Cepeda, secretario.
Es copia: Cartagena, enero 12 de 1831.
El secretario de la Prefectura, JUAN B. CALCAÑO
Tomada de LA ULTIMA
ENFERMEDAD, LOS ULTIMOS MEDICAMENTOS Y LOS FUNERALES DEL LIBERTADOR SIMON
BOLIVAR POR SU MEDICO DE CABECERA EL DOCTOR A. P. REVEREND – PARIS IMPRENTA
HISPANO - AMERICANA DE COSSON
Y COMP CALLE DUFOUR – SAINTE – GERMAIN, 43 - 1866
Edición Número 10, Girardot, Diciembre 23 de 2017
*
**